Indignante ahora osiptel perjudica al consumidor y beneficia a los operadores
Por ningún medio de comunicación salio que a partir de 6 de marzo las empresas de telecomunicación ya no congelaran los monto de reclamos , si un monto irregular agregado a la facturación mensual ya sea post pago de un celular , trio ( internet , cable, teléfono fijo), duo (internet , teléfono fijo) , etc tiene que pagarlo. Quiere decir que volvemos en los años 90s donde las empresas de comunicaciones cobraban lo que querían y el clásico paga primero , luego reclama . Ahora este reclamo dura 25 días hábiles no calendario .Si sale una deuda sorpresa de consumo de 1000 y por lo general pagas 100 al mes, paga ahora no mas o te cortan el servicio y en 25 días te dirán si es positivo o negativo tu reclamo y si deseas apelar son 25 días mas. Esto es un retroceso a los derechos del consumidor, por que la mayoría dependemos los servicios de telecomunicación ya sea trabajo o personal.
Esto dice literalmente OSIPTEL a los consumidores por este retroceso a nuestros derechos.
El Consejo Directivo del Osiptel adoptó medidas extraordinarias ante el incremento desmedido de reclamos, apelaciones y quejas dudosas, presentadas ante las empresas operadoras y elevadas al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos (TRASU) del regulador, en los últimos dos años.
Al cierre del año 2017, las empresas operadoras reportaron haber recibido 2’728,430 reclamos, la mitad de ellos, relacionados al servicio de telefonía móvil.
Este incremento de reclamos en la primera instancia, también tuvo impacto en el Tribunal de Reclamos del Osiptel, que recibió 233,342 expedientes entre quejas y apelaciones, lo que implicó que superara su capacidad resolutiva.
En consecuencia, se elevó el número de casos pendientes de atención y la extensión del plazo para resolver las quejas y apelaciones hasta por 139 días.
De acuerdo al análisis realizado por el Tribunal de Reclamos, del total de apelaciones resueltas en esta segunda instancia en 2017, el 87.3% corresponde al servicio de telefonía móvil.
Asimismo, el análisis del regulador señala que del total de las apelaciones que resuelve el citado Tribunal el 65% se gestiona vía telefónica, no obstante el 63% fue declarado improcedente o infundado.
Según el Tribunal de Reclamos del Osiptel, esta situación se debe en parte, a un uso indebido del marco normativo y de los canales de presentación de reclamos con el fin de evadir el pago por los servicios de telecomunicaciones prestados.
De acuerdo a la normativa vigente, las empresas operadoras están obligadas a suspender el cobro del monto del recibo que es materia de reclamo en tanto se resuelva la reclamación, lo cual puede tardar más de tres meses dada la sobrecarga que actualmente existe en el Tribunal del regulador.
“El sistema de reclamos está colapsando no por los reclamos legítimos que formulan los usuarios por los problemas con el servicio que les brindan las empresas operadoras, sino por el uso indebido de los mecanismos que facilitan la interposición de reclamos y apelaciones y que les permiten evadir el pago de los recibos correspondientes”, indicó Ana Rosa Martinelli, secretaria técnica del TRASU.
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Escrito por Todoinmueble.pe